.
MENU  
  INICIO
  QUIENES SOMOS
  PROGRAMA EDUCATIVO
  CARRERAS
  NORMAS
  => Normas de Ingreso, Inscripciones y Pagos
  => Normas Sobre Evaluación del Rendimiento
  => Normas Sobre Graduaciones
  => Normas Sobre Equivalencias
  => Normas Sobre Prestación de Servicios a los Estudiantes
  => Régimen Disciplinario
  DOCENTES Y AUTORIDADES
  GALERIAS DE FOTOS
  CONTACTOS
Normas Sobre Evaluación del Rendimiento

ESCALA DE CALIFICACIONES 

El rendimiento académico se expresará en una escala numérica del uno (1) al veinte (20), siendo la calificación mínima aprobatoria de diez (10) puntos. El rendimiento se clasificará según la siguiente escala:

19 - 20   Excelente

17 – 18 Muy bueno

14 – 16   Bueno

10 – 13   Regular

01 – 09   Aplazado

La valoración cuantitativa del progreso del estudiante se expresa a través del Índice de Rendimiento Académico (IRA). El IRA se determina multiplicando las calificaciones obtenidas en cada asignatura por el correspondiente número de créditos, y dividiendo la sumatoria de esos productos entre el número total de créditos. Para la determinación del IRA se incluyen todas las asignaturas cursadas, aún las aplazadas, pero para efectos de grado no se toman en cuenta las calificaciones menores a diez (10) puntos, si las hubiere.  

 

Cuando un estudiante resultare aplazado en una asignatura, deberá cursarla de nuevo; la nueva calificación sustituirá a la primera y será la que se tome en cuenta para el IRA. Asimismo, los alumnos que aprueben alguna asignatura con una calificación igual o menor a quince (15) ptos. podrán cursarla de nuevo para mejorar su índice, si así lo desean. La nueva calificación será la que se tome en cuenta para el IRA, aunque la anterior calificación se mantendrá en el registro del estudiante.

 

EXÁMENES Y TRABAJOS 

El seminarista deberá cumplir con las actividades de evaluación en el día y hora señalados por el profesor de la cátedra. Sólo se concederá prórroga para su cumplimiento en casos de accidente, enfermedad o causa de fuerza mayor debidamente justificados. Cuando se trate de exámenes, la prórroga para su presentación no será mayor a ocho (8) días hábiles, mientras que para los trabajos escritos,  se concederá  un plazo de veinticuatro (24) horas para su entrega en la Recepción del SEC. Cuando el incumplimiento se refiera a trabajos o exámenes finales, aunque sea justificado, el estudiante no tendrá derecho a prórroga; en estos casos, se le asignará como calificación definitiva la que tenga acumulada hasta el momento.

Las calificaciones definitivas se publicarán  una semana después del término del lapso académico. Los exámenes y trabajos revisados y calificados por el profesor, deberán ser retirados del casillero estudiantil dentro de los treinta (30) días posteriores al término del semestre. Aquellos trabajos que el profesor considere útiles como material de consulta (por su calidad, contenido y/o aportes), podrán ser retenidos  para su ubicación en la biblioteca.

 

PÉRDIDA DE ASIGNATURAS POR INASISTENCIAS
 

El estudiante sólo podrá faltar hasta un máximo de tres sesiones por semestre; con cuatro inasistencias, se pierde la asignatura. Los retardos de veinte (20) minutos se contabilizarán como inasistencia a una hora de clase,  y tres retardos de veinte (20) minutos serán contabilizados como la ausencia a una sesión.  En caso de pérdida por inasistencias, el estudiante deberá cancelar la totalidad del costo de la materia, no pudiendo inscribirse nuevamente hasta cancelar lo adeudado. 

Cuando en dos semestres consecutivos, un estudiante resulten aplazados en alguna(s) asignatura(s), no podrán reinscribirse sin tener una entrevista previa con el subdirector académico.

 

RETIRO DE ASIGNATURAS

Los estudiantes podrán retirar asignaturas dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de inicio de clases; no es posible realizar retiros después de ese plazo. Los retiros deberán efectuarse en forma escrita, dirigiendo una carta al profesor de la asignatura con copia a la secretaría. A los estudiantes retirados se les asignará la nota Retirado (R).  Cuando un estudiante abandone la asignatura sin formalizar el retiro deberá cancelar la totalidad del costo de la materia.   

Los estudiantes que formalicen el retiro de alguna(s) asignatura(s) durante las dos (2) primeras semanas del semestre, tienen derecho al reembolso de las dos terceras (2/3) partes del costo total de la(s) asignatura(s) retirada(s).   Para hacer efectivo dicho reembolso, el interesado deberá dirigir una carta al vicerrector académico, explicando las causas del retiro y solicitando el reembolso

 

 

 

 

EDUCACION CONTINUA  
 
 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis