NORMAS
Por tratarse de una institución educativa privada a nivel universitario, el SEC posee total discrecionalidad para fijar sus propias políticas, sean académicas, administrativas o estudiantiles. El Seminario se reserva el derecho exclusivo a modificar cualquiera de las normas, reglamentos, planes de estudio, prelaciones, etc., cuando a juicio de las autoridades del Seminario se considere conveniente para el logro de los objetivos de la institución. Compete a las autoridades institucionales del Seminario, y en última instancia a su Junta Directiva, interpretar las normas, reglas, términos y condiciones contenidas en el presente prospecto o en cualquier otra publicación institucional.
Los estudiantes están en la obligación de conocer las disposiciones contenidas en este prospecto y en cualquier otra publicación institucional. Se sobreentiende que, al matricularse en el SEC, el estudiante se compromete a acatar todas los reglamentos y normas; la ignorancia de los mismos no exime en forma alguna de su cumplimiento. Cuando un estudiante aspire a la exoneración de algún requisito o a la liberación del cumplimiento de alguna disposición, podrá dirigir una solicitud escrita y debidamente razonada a las autoridades competentes del Seminario, para su consideración.
El Seminario realizará todos los esfuerzos posibles para prestar los servicios educativos propuestos o, en su defecto, servicios equivalentes a los propuestos; sin embargo, no se hace responsable por la imposibilidad de cumplir con la prestación de algún servicio, o por tener que postergarlo, cuando ello sea motivado por causas ajenas o circunstancias fuera de su control.